Ojo Público informa

InternacionalesMundoPolitica

Bolivia: TCP pretende Inhabilitar a Evo Morales

Equipo Jurídico y Organizaciones Sociales denuncian que los miembros del Tribunal Constitucional Plurinacional MODIFICAN el artículo 168 de la CPE, y añaden la palabra O DISCONTINUA.

La Paz, 14 de mayo de 2025. – El Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) de Bolivia emitió este miércoles una resolución que declara que la reelección presidencial, tanto continua, por más de dos mandatos, como discontinua, es inconstitucional, lo que según ellos inhabilita de manera permanente al expresidente Evo Morales para una eventual nueva postulación al cargo.

“La constitucionalidad del Art. 4.I de la Ley de Aplicación Normativa -Ley 381 de 21 de mayo de 2013-, conforme a la interpretación realizada por el presente fallo constitucional, con relación al Art. 168 de la CPE, en sentido de que el Presidente y Vicepresidente están habilitados para una reelección por una sola vez de manera continua; considerando que el término ‘una sola vez’, implica también la limitación de alcanzar a un tercer mandato, sea este de forma continua o discontinua”, señala parte de la resolución.

Dicha sentencia establece que ningún ciudadano puede aspirar indefinidamente al cargo de Presidente del Estado, sentando un precedente jurídico y político que afecta a Morales, quien en reiteradas oportunidades manifestó su intención de postularse para las elecciones generales, pese a que ocupó la presidencia entre 2006 y 2019.

El fallo también declara improcedente una acción de inconstitucionalidad abstracta contra varios artículos de la Ley de Aplicación Normativa y de la Ley del Régimen Electoral.

La decisión fue adoptada en las últimas horas en una sesión extendida del TCP, que seria publicada oficialmente en la Gaceta Constitucional Plurinacional.

Además abogados del equipo jurídico aseguran que Los auto prorrogados del TCP, quieren modificar la Constitución Política del Estado para inhabilitar a Evo Morales, y afirman que ellos no tienen esas atribuciones.

Que dice la Constitución Política Del Estado en su artículo 168: «El Artículo 168 de la Constitución Política del Estado de Bolivia establece que el periodo de mandato de la Presidenta o Presidente y de la Vicepresidenta o Vicepresidente es de cinco años, y pueden ser reelectas o reelectos por una sola vez de manera CONTINUA. «No existe la palabra O DISCONTINUA».

Por otra parte, medios oficialistas arremeten contra el líder de los pueblos que habitan el Estado Plurinacional de Bolivia tratando de desinformar a la población que se prepara para dar inicio a la «Gran Marcha Para Salvar Bolivia por Segunda Vez» a realizarse este viernes 16 de mayo hasta el Tribunal Supremo Electoral .

Asimismo Wilfredo Chávez miembro del equipo jurídico de Evo Pueblo, aseguro «Vamos a inscribir el viernes a Evo Morales»  luego de que se conozca que el TCP declare inconstitucional la reelección continúa y discontinua. Chávez aseguro que Morales se encuentra habilitado al mismo tiempo de recordar que es el TSE quien determina la habilitación de candidatos.

Recordemos que este miércoles arranca el periodo de inscripción de candidatos para las elecciones generales que se realizarán el 17 de agosto, fecha en la que la población elegirá al siguiente mandatario del país.

Los partidos políticos y alianzas tendrán desde este miércoles al 14 de mayo para presentar las listas de sus candidatos ante las autoridades del Tribunal Supremo Electoral (TSE).

El ente electoral revisará las candidaturas y señalará quienes cumplen con los más de 10 requisitos que se necesitan para la carrera electoral. La lista de candidatos habilitados se conocerá el 6 de junio.

Árticulos Destacados

Deja una respuesta

Botón volver arriba
Ojo Público acceso mundial »
Send this to a friend